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Fenómenos naturales e indemnizaciones: ¿cómo tramitarlas?

Francisco J. Rey |

Durante la época otoñal e invernal, por desgracia no es un caso aislado que los diferentes fenómenos de la naturaleza acaben produciendo daños materiales y personales
Fenómenos naturales e indemnizaciones: ¿cómo tramitarlas?
Durante la época otoñal e invernal, por desgracia no es un caso aislado que los diferentes fenómenos de la naturaleza acaben produciendo daños no solo materiales, sino también personales. Aquellos daños que tengan su origen en una inundación, embate de mar o viento (debido a rachas superiores a 120 km por hora) serán indemnizados por el Consorcio de Compensación de Seguros. Eso sí, para que esto ocurra el damnificado debe haber contratado un seguro sobre estos fenómenos que se encuentre vigente y cuya prima haya abonado.
La forma más rápida y sencilla de presentar las reclamaciones de solicitud de indemnización es por teléfono, llamando a los números 902 222 665 o 952 367 042, en horario de 9:00 h a 18:00 h de lunes a viernes. En caso de poseer DNI electrónico, esta gestión también se puede realizar a través de Internet, accediendo a la página web www.consorseguros.es. Las reclamaciones, salvo que sea indispensable, no se deben presentar por escrito.

Cómo tramitar según la causa y tipo de daños

En caso de daños materiales por inundación y embate de mar. La reclamación se debe hacer como se indica arriba y directamente al Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) por teléfono.
En caso de daños materiales por viento. La reclamación se hará directamente a través de la compañía de seguros. Esta, una vez comprobado el informe de vientos de las autoridades meteorológicas, tramita la reclamación con el CCS a través de un protocolo de colaboración interna.
En caso de daños materiales y personales. La reclamación debe presentarse por escrito en la delegación regional del consorcio.

Una serie de consejos

A la hora de hacer la llamada telefónica al consorcio es importante tener a mano la siguiente documentación para agilizar la tramitación: los datos de la póliza del seguro, los datos personales de la persona que presenta la solicitud de reclamación, los datos bancarios del mismo y, en caso de daños a un vehículo a motor, su marca, modelo y matrícula. Es muy importante conservar los restos de los bienes dañados, así como las facturas en caso de reparaciones de urgencia. También es recomendable tener un presupuesto o facturas antes de la llegada del perito, así como tener a mano no solo la póliza original, sino también una copia del recibo de pago de la prima y la certificación bancaria.
Recordamos asimismo que, para tener derecho a reclamar la póliza, debe haber contratado la garantía correspondiente.
De la misma manera, en el caso de vehículos a motor el usuario deberá haber contratado alguna garantía de daños (lunas, en caso de incendio...) para poder tener derecho a ser indemnizado.
 

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